Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


100175
Legislatura: 1887-1888
Sesión: 18 de junio de 1888
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Martínez Campos.
Número y páginas del Diario de Sesiones: 135, 2787-2788.
Tema: Discusión sobre dimisión del Sr. Martínez de Campos del cargo de Capitán General de Castilla la Nueva.

El Sr. Presidente del Consejo de Ministros (Sagasta): Con objeto de complacer al Sr. Martínez Campos voy a hablar con toda franqueza, y decir en absoluto todo cuanto se refiere a la intervención que he tenido en el asunto malhadado, ¿por qué no llamarlo de este modo? que nos ocupa hace días.

Acababa yo de llegar de una expedición a Montserrat, acompañando a S. M. la Reina, cuando se me presentó el Sr. Ministro de la Guerra, que no había ido a esa expedición por razones de salud, y me enseñó el parte telegráfico que había recibido del capitán general de Castilla la Nueva, en el cual decía que se negaba a tomar el santo y la orden de la Infanta Doña Eulalia, por estar casada con el Infante D. Antonio, jefe militar de menor graduación. Creo que éste era el sentido del despacho telegráfico, o por lo menos la síntesis de él. Entonces dije al Sr. Ministro de la Guerra: ?¿Es que hay en la Ordenanza alguna disposición por virtud de la que el derecho que hasta ahora, según creía recordar, se había reconocido a los Infantes, se modifique o desaparezca porque sean casados, viudos o solteros? ¿Es que la Infanta Doña Eulalia, que tiene ese derecho como tal Infanta lo pierde por estar casada con un comandante?? A esto me contestó el Sr. Ministro de la Guerra: ?En absoluto, no; aquí están las Ordenanzas, en las cuales no hay absolutamente nada que determine que los Infantes tengan o dejen de tener ese derecho por su estado civil, por encontrarse casados, viudos o solteros?. ?Y de precedentes, ¿qué hay respecto de esto?? ?Todos los precedentes abonan lo contrario de lo que dice el capitán general de Castilla la Nueva?.

Quiso entonces el Ministro de la Guerra leerme [2787] las Ordenanzas; yo estaba de prisa porque acabado de llegar, tenía que asistir a otra ceremonia a que estaba invitado por S. M., y contesté: ?No me las lea usted; esa es misión suya; Vd. debe conocerlas mejor que yo; no tengo tiempo para estudiarlas ahora, pero me basta el informe de Vd.; y dado ese informe, yo en lugar de Vd. contestaría al capitán general de Castilla la Nueva diciéndole que ni las Ordenanzas ni los precedentes autorizan lo que él indica, y por consiguiente, que procede siga tomando el santo y orden de la Infanta Doña Eulalia. Dígale Vd. además que no conviene suscitar en estos momentos dificultades que puedan venir a turbar las satisfacciones de que está rodeada S. M.?

Declaro que en aquello momentos, al hablar de dificultades, todo se me ocurría menos que este asunto pudiera ocasionar un rozamiento entre el capitán general de Castilla la Nueva y el Ministro de la Guerra. Pensaba en otro género de dificultades, que son las que quería evitar.

El Sr. Ministro de la Guerra se marchó, y sin duda redactaría el despacho. (El Sr. Martínez Campos: No deseo saber más). Voy a ser franco con S.S., porque como he sido llevado de la mejor intención, no tengo inconveniente en decir todo aquello en que intervine. Repito que el Ministro de la Guerra se marchó, redactó el telegrama, contestación al primero de S.S., y al día siguiente, según creo, porque de esto no me acuerdo, ni es fácil lo haga con precisión, dadas las ocupaciones que sobre mí pesaban, pero ya expedido el telegrama, vino a darme cuenta de él, no sé si antes de recibir la contestación de S.S., o después de recibida. Me dio lectura, repito, del telegrama que había expedido contestado al capitán general de Castilla la Nueva, y debo declarar que al oírlo leer no noté absolutamente nada en su redacción que pudiera, no ya lastimar ni ofender, pero ni siquiera producir el más pequeño rozamiento entre el Ministro de la Guerra y el capitán general de Castilla la Nueva. (Un Sr. Senador: ¿Y la palabra despojo?). La palabra despojo hay que advertir cómo está empleada. A mí me hizo el efecto de esta empleada como sinónima de privación. Repárenlo los Sres. Senadores. Yo no entiendo que se le atribuyera otra cosa al capitán general de Castilla la Nueva cuando se le decía: ?no parece que hay disposición ninguna que autorice para despojar a la Infanta de tal derecho?.

Pues es evidente que la palabra despojar está empleada en lugar de privar, porque claro es, que no puede haber ninguna disposición legal que autorice el despojo, toda vez que el despojo implica siempre alguna fuerza o violencia, y ninguna ley puede autorizarlo; aquí, pues, la palabra despojo no puede tener más significación que la legal y propia de autoridad que trata de aplicar la ley.

De manera, que evidentemente está empleada en el sentido de privar. Así lo entiendo yo, así debe entenderse y no puede interpretarse de otro modo. ¿Qué significaría siempre, Sres. Senadores, decir: ?al parecer no hay disposición alguna legal que autorice para despojar a la Infanta, como no sea que no hay ley que autorice a privar de sus derechos a la Infanta??

Esto es evidente, y además, Sres. Senadores, forzoso es tenerlo presente, el estilo miliar, siempre severo y lacónico; el estilo militar del mismo señor Cassola, que a mi me parece, que por su manera de ser (y no lo critico ni mucho menos) le hace aparecer aún más conciso; el estilo mismo de los telegramas que exige concisión y no permite ciertas digresiones y atenuaciones posibles en un escrito cualquiera, hicieron que no me produjera efecto ninguno desagradable el telegrama de que me dio lectura el señor Ministro de la Guerra, y que bien pensado y examinado, sin prevención ninguna, no se lo puede producir a nadie. Es un telegrama que en principio, en mi opinión, aunque quizá esté equivocado, no hay inconveniente alguno en que se dirija por uno igual a otro igual, por un superior a un inferior; en una palabra, que no creo en absoluto que pueda ser motivo de queja ni dar lugar a ofensa, sin que con esto critique al Sr. Martínez Campos, que ha podido fundar en ello un agravio por parte del Sr. Ministro de la Guerra; quizá porque eso dependía también del estado de relaciones que pudiera haber en aquellos momentos entre el Ministro de la Guerra y un capitán general del ejército a la sazón capitán general del distrito de Castilla la Nueva.

Ésta es, pues, la participación que yo he tenido en el asunto; ni más ni menos; y con ello creo que contesto a la primera de las preguntas que ha tenido a bien dirigirme el Sr. Martínez Campos.

La segunda ya es más grave para la contestación que he de dar, porque si el señor general Cassola fuera Ministro de la Guerra, y como tal hubiese pronunciado el discurso que pronunció ayer, yo habría tenido el cuidado de seguirle en sus argumentos, en sus detalles, en su fondo y en su forma; pero ayer era un Diputado del Parlamento español que pronunciaba un discurso bajo su punto de vista en la forma y con la tesis que creyó conveniente desenvolver para defenderse. Por consiguiente, no le pude seguir en todos los accidentes. A la vez declaro que hubo algunas partes del discurso que no oí bien. Me acuerdo que dos o tres veces le dije desde mi banco: ?no se oye?. Además hubo otra parte del discurso que no oí en absoluto, porque me llamaron para poner un despacho telegráfico urgente y salí del salón diez o doce minutos.

De modo que no puedo responder aceptando en absoluto el discurso del Sr. Cassola. Si el Sr. Martínez Campos (porque tengo deseo de complacerle e iré en mi deseo hasta donde S.S. lo necesite para su satisfacción) me señala puntos concretos del discurso que yo pude oír, contestaré respecto a ellos; pero así, en absoluto, en general, no me atrevo a responder a mi antiguo y distinguido amigo (que creo que seguirá siéndolo, porque no le he dado motivo ninguno para que deje de serlo) el señor general Martínez Campos, porque yo no puedo olvidar, y el Senado lo reconocerá seguramente, que desde este banco del Gobierno no se puede hablar como desde el asiento del Diputado.

Celebraría que estas explicaciones satisficiesen a S.S., pero en último resultado, puesto que ha ofrecido que en su día y en ocasión oportuna suscitará este debate, entonces podré explanarlas hasta donde S.S. desee. [2788]



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL